AYUDAS

Urgente: Subida en 2026 de las Pensiones por Incapacidad Permanente ¡Nuevas Cantidades!

Cuantía / Ayuda
1.520,25 euros
Plazo Solicitud
Plazos pendientes de BOE
Requisito Clave
Grado de incapacidad
Tiempo Gestión
Revisión anual

¿Preocupado por tu pensión de incapacidad? Descubre cómo la revalorización de 2026 impactará en tu bolsillo y qué puedes esperar.

¡Buenas noticias para los pensionistas! Las pensiones por incapacidad permanente (total, absoluta y gran discapacidad) experimentan una subida gracias al Real Decreto-ley 16/2025. ¿El resultado? Un aumento general del 2,7% para este año. Este ajuste busca proteger el poder adquisitivo de más de un millón de personas. Esto afecta también a la [declaración de la renta] y las [pensiones contributivas].

DETALLES DE LA MEDIDA/NOTICIA

La revalorización del 2,7% se basa en el IPC interanual medio. Pero hay más:

  • Pensión máxima: Alcanza los 3.359,60 euros mensuales (47.034,4 euros anuales).
  • Incapacidad Permanente Total: Pensión media de 1.037,73 euros mensuales.
  • Incapacidad Permanente Absoluta: Pensión media de 1.520,25 euros al mes.
  • Gran Invalidez: Alcanza una media de 2.583,15 euros mensuales.

¿CÓMO ME AFECTA / CÓMO SOLICITARLO?

Si ya eres beneficiario, el aumento se aplicará automáticamente en tu pago mensual. Si aún no la solicitas, esto te interesa:

  • Consulta tu base reguladora en la Seguridad Social.
  • Revisa los requisitos específicos para tu grado de incapacidad en la web del SEPE.
  • Ten en cuenta que el complemento a mínimos está sujeto a límites de ingresos.

LA LETRA PEQUEÑA

  • El complemento a mínimos tiene límites de ingresos (9.442 euros anuales sin cónyuge a cargo, 11.013 euros con cónyuge).
  • Superar estos límites implica la retirada del complemento.
  • Es vital comunicar cualquier cambio de ingresos a la Seguridad Social.

CONCLUSIÓN RÁPIDA

Las pensiones por incapacidad permanente suben en 2026, ofreciendo un respiro económico a los beneficiarios.

Preguntas Frecuentes

¿Cuánto sube mi pensión?
Un 2,7% general, pero puede variar según tu base reguladora.
¿Qué pasa si trabajo?
Depende del grado de incapacidad y tus ingresos; consulta a la Seguridad Social.
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